Magistrados ratificaron inocencia de Juan Antonio Nemi Dib; “no creo en la venganza, sólo quiero paz”, señala

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• Los integrantes del Poder Judicial determinaron el No Ejercicio de la Acción Penal por Probada Inocencia y Fabricación de Pruebas en su agravio.

(Todas las voces . con)

En conferencia de prensa, el ex Secretario de Salud de Veracruz, Juan Antonio Nemi Dib aseguró que por unanimidad, Magistrados decretaron su inocencia en el Proceso Penal 139/2017 que se le sigue y determinaron el No Ejercicio de la Acción Penal por fabricación de pruebas en su agravio.

“La razón esencial por la que estoy aquí es para demostrarles de una manera irrefutable, fehaciente, que siempre fui inocente, que jamás cometí ningún delito, que los cargos por los que me privaron de la libertad fueron falsos, inventados, que por supuesto fui un preso político, fui torturado en prisión, amenazado de muerte, yo y mis hijos, que fui doblemente torturado la segunda vez psicológicamente para obligarme a hacer declaraciones sobre hechos que no me constaban y lo más importante, la aberración del proceso judicial al que fui sometido”, expuso.

Dijo que “la Fiscalía del señor Jorge Winckler me acusó de haber ordenado la firma de un contrato de ampliación de la construcción de la Torre Pediátrica del puerto de Veracruz y oh sorpresa, ese contrato nunca existió, nunca lo vi, nunca pasó por mis manos, pero lo más interesante del asunto, ese contrato, de haber existido, habría sido firmado en febrero de 2013 y yo tomé posesión de la Secretaría de Salud en marzo de 2013”.

“La segunda cuestión, determinante, es que ese contrato, si es que acaso existió, era de una entidad que se llamaba Construcción de Espacios en Salud, que dependía directamente del gobernador, que era un organismo con patrimonio y personalidad jurídica propia, con presupuesto propio y que sin embargo, se me acusó a mí de haber ordenado a esa dependencia que se firmara el referido contrato”.

Nemi Dib agradeció a los magistrados del Poder Judicial que después de este terrible periplo de seis años, por fin determinaron su total y absoluta inocencia y dijo que no buscará venganza, porque no cree en la venganza, porque la venganza no sirve para nada y destacó que lo único que quiere es paz, un trabajo digno y contribuir al desarrollo del país con su trabajo y profesión.

Dijo que la determinación judicial se dio en la resolución de los Autos del Toca 1172/2019 formado con motivo del recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía y la Asesoría Jurídica de la Secretaría de Salud en contra del auto de no vinculación a proceso dictado en junio de 2019 por el Ciudadano Juez de Control del Distrito Judicial de Xalapa. “Ahí los magistrados federales y estatales reconocieron mi inocencia”, expuso.

Comentó que se declaró su inocencia como imputado por abuso de autoridad e incumplimiento de un deber legal, bajo diversos razonamientos jurídicos, firmes y fundamentados en nuestras leyes.

Recordó que la inicial imputación se realizó con motivo del oficio SESCER/DGE/DAM/SAH/0477/2013 emitido en 28 de febrero de 2013, cuando aún no ocupaba el cargo como Secretario de Salud, “de ahí que la Fiscalía no aportara los datos de prueba pertinentes para encuadrar el hecho con la conducta que dice realizó Juan Antonio Nemi Dib, al no justificar que cuando se firmó el referido contrato (para la construcción de la Torre Pediátrica) él era el Secretario de Salud, lo anterior es así pues su nombramiento fue otorgado el 7 de marzo de 2013, siete días posteriores a la firma del referido contrato, de ahí que no haya relación alguna entre la firma del contrato y el hecho que la Fiscalía pretendió atribuirme”.

Añadió que “no obstante, aun cuando la Fiscalía argumente que hubo una confusión en cuanto a los oficios de que el primero fue firmado para la contratación de la obra y el segundo oficio consistente en Excepción a la Licitación Pública para Contratación por Adjudicación Directa para la continuación de la obra de Hospital de Alta Especialidad Infantil (Torre Pediátrica) emitido el 28 de octubre de 2013, de los referidos oficios se advierten que estos fueron firmados como un Organismo Público Descentralizado y cuyo representante era el arquitecto Pedro Luis Medina Martínez como Director General, siendo incongruente el agravio porque el Fiscal emisor expresa que los oficios aludidos lo presentan como dato de prueba indiciario para acreditar mi participación y no así para la acreditación del hecho delictivo, lo que resulta evidentemente un sin sentido jurídico”.

Destacó que “definitivamente, la Institución del Ministerio Público no construyó con su discurso de punición la relación directa entre el hecho y la autoría delincuencial de Juan Antonio Nemi Dib a firmarse contrato de realización de obra pública cuando aún no era Secretario de Salud”.

“El fiscal adscrito prescindió del trinomio hecho, derecho y prueba al desvincular el listado de datos de prueba con el hecho a probar para acreditar que Juan Antonio Nemi Dib trasgredió normas de carácter administrativo con repercusiones en esencia punitiva, para trabar a un procedimiento de reproche penal al imputado, cuando aún no era nombrado Secretario de Salud”, aseveró.

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